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>www.angloarabe.netCONSTITUCIÓN
Aunque formalmente AECCAá se constituía el día 3 de
agosto de 1995 ante Andrés Tallafigo, notario de El Puer-
to de Santa María, la idea y decisión se fraguaba, tal como
ya nos ha contado D. Antonio Campos, el día en que el
coronel Carlos Marín convocó, a instancias del jefe de
servicio de Cría Caballar, Benítez Sánchez Malo, a algunos
criadores de caballos Anglo-árabes e Hispano-árabes a
una reunión informativa en la finca Las Turquillas de Écija.
El entonces capitán Rafael Ribas se encargó de la expo-
sición, que entre otros aspectos iba encaminada a homo-
logar España con otros países de la Unión Europea, tam-
bién en estos aspectos.
Fueron los socios fundadores: Carlos Montijano, José
Enrique San Miguel, Joaquín López, Luis Rivera, José Ma-
nuel López, Rafael Buendía, Antonio Campos, Manuel
Cándido Osuna, Francisco Javier Castejón, Juan Antonio
Peña, Francisco Javier Reyes y Manuel Villanueva, que fi-
gura como promotor y gestor de la Asociación en el mo-
mento de constituirse.
En marzo de 1999 se renovó el Consejo de Dirección, y
la “alineación” que allí se presentaba y que fue elegida
por unanimidad ha sido la base del Consejo de esta Aso-
ciación durante casi los 25 años que ahora cumple.
El día 10 abril de 2000 se inaugura la sede del Edificio
Sevilla 1, y AECCAá disponía de un espacio exclusivo.
STUD BOOK. ANTECEDENTES
Los registros oficiales establecidos en otros países,
principalmente Inglaterra y Francia, bien por la iniciativa
de las sociedades hípicas o bajo el amparo de la Adminis-
tración, aconsejaban medidas similares en España por los
resultados tan beneficiosos que aportarían al sector equi-
no. Es muy curioso que fueron las carreras de caballos el
principal motivo para que se creara el Registro-Matrícula
de las diferentes razas caballares en nuestro país.
No es hasta 1883, cuando se publica una Real Orden de
noviembre de este año que emana del Ministerio de Fo-
mento, que decía entre sus fundamentos para su publica-
ción, lo siguiente: “las carreras de caballos, poderoso es-
tímulo para el desenvolvimiento de este importantísimo
elemento de riqueza pública, quedarían reducidas a es-
pectáculos más o menos agradables, pero nada fecun-
dos, si no se dictasen reglas y se estableciera garantías
para la formalización de estos registros, contribuyendo
así el Ministerio de Fomento, en la parte que a él corres-
ponde, a que estos certámenes cumplan su misión, y los
esfuerzos de los que a ellos contribuyen no sean perdidos
en su propio porvenir y del interés general del país”.
Por tanto, todos los sacrificios que el Estado y los parti-
culares pudieran hacer para el mejoramiento de la raza
caballar serían completamente estériles si de una manera
permanente y ordenada no se depurase la inequívoca
transmisión de la pura sangre.
Y en base a estas razones se resolvió por orden de Su
Majestad el Rey Alfonso XII, abrir en el Negociado de
Agricultura de ese centro directivo, un Registro-Matrícula,
en el cual se inscriban todos los caballos de pura sangre
-Pura Sangre Inglés, Anglo-árabe y Árabe- que existan en
España. Y para ello se creó una comisión cuyo primer
presidente fue el Excmo. Sr. D. Manuel Falcó d’Adda, du-
que de Fernán-Núñez. Así en 1884 se publica el reglamen-
to a fin de acreditar y depurar el origen, de modo que no
ofrezcan duda alguna, de los caballos y yeguas que solici-