Se recuerda a los ganaderos la necesidad de mantener actualizado su estado de ganadería, siendo obligatorio comunicar las bajas de ganadería, tanto por venta como por muerte. En el caso de ventas es imprescindible realizar el cambio de titularidad, cumplimentando el documento establecido al efecto, indicando el código REGA de la nueva ubicación. En el caso de muertes, y para evitar situaciones anómalas, de acuerdo a lo establecido en las normas de referencia, es conveniente remitir a la oficina el pasaporte para proceder a su invalidación. Así mismo, y para que la base de datos del Libro Genealógico se encuentre permanentemente actualizada deben comunicarse las castraciones.
Para el cálculo de la cuantía anual de cuotas de socio se tendrán en cuenta los estados de ganadería tal y como aparezcan en la base de datos en el momento en que se emita el recibo correspondiente.
A partir de Enero de 2016 entrará en vigor un nuevo Real Decreto por el que se regula el sistema de identificación y registro de los animales de la especie equina, actualmente en borrador, por el que se cambiará el contenido de los pasaportes (DIE) actuales y entre otras cuestiones, los plazos para la identificación. En este sentido, y dada la fecha en la que nos encontramos, es muy conveniente solicitar la identificación de los potros nacidos en 2015 a la mayor brevedad posible, puesto que desconocemos si la norma que finalmente quede aprobada puede afectar a la emisión de sus pasaportes o alargar el proceso.
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